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Requisitos para el Parole humanitario para cubanos

Sabemos que hay miles de personas que aún esperan respuestas de sus casos de Parole; y otras, mientras tanto, buscan un patrocinador. Como sabes, el proceso no se ha detenido y cientos de personas comienzan la solicitud a diario. Sin embargo, aún muchos tienen dudas con los Requisitos para el Parole humanitario para cubanos, venezolanos, nicaragüenses y haitianos.

Así que precisamente estos datos te los daremos bien detallados y explicados, como ya sabes que siempre hacemos en cada uno de nuestros escritos de Migración.

Como siempre te decimos, no cambies la página y sigue leyendo que esto está bueno.

Requisitos para el Parole humanitario para cubanos: Patrocinadores y beneficiarios

De forma general, para participar en el proceso de Parole humanitario para cubanos, venezolanos, nicaragüenses y haitianos, los beneficiarios elegibles deben, según el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS):

  • Tener una persona de apoyo en Estados Unidos. Conocido como el famoso Patrocinador.
  • Someterse y aprobar una sólida investigación de antecedentes de seguridad;
  • Cumplir con otros criterios de elegibilidad.

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Ahora bien, existen Requisitos para el Parole humanitario para cubanos, específicamente para el Patrocinador y para los Beneficiarios.

¿Quiénes pueden ser Patrocinadores? Sencillo, quienes se encuentren en alguno de estos estatus:

  • Ciudadanos y nacionales estadounidenses;
  • Residentes permanentes legales, residentes temporales legales y residentes permanentes condicionales;
  • No inmigrantes con estatus legal (es decir, que mantienen su estatus de no inmigrante y no han violado ninguno de los términos o condiciones de su estatus de no inmigrante);
  • Asilados, refugiados y personas con permiso de permanencia temporal (“paroles”);
  • Personas a quienes se les otorgó el Estatus de Protección Temporal (TPS); y
  • Beneficiarios de acción diferida (incluida la acción diferida para los llegados en la infancia) o de DED.

Y ¿quiénes pueden ser Beneficiarios? Pues según los Requisitos para el Parole humanitario para cubanos:

  • Los ciudadanos cubanos, haitianos, nicaragüenses y venezolanos o un familiar inmediato de estos de cualquier nacionalidad que está fuera de Estados Unidos y que puede ser considerado para el permiso de permanencia temporal bajo estos procesos.

Para explicártelo mejor, los familiares inmediatos incluyen al cónyuge o pareja de hecho; y a los hijos solteros menores de 21 años. En el caso de los hijos, si se trata de un menor de 18 años, debe viajar con un padre o tutor legal para poder utilizar este proceso.

Otros Requisitos para el Parole humanitario para cubanos:

Para recibir el deseado permiso de vuelo a Estados Unidos bajo el Parole humanitario, deberás:

  • Estar fuera de Estados Unidos
  • Tener una persona de apoyo radicada en Estados Unidos que haya presentado un Formulario I-134A en su nombre que USCIS haya investigado y confirmado
  • Poseer un pasaporte vigente y válido
  • Proporcionar su propio viaje comercial a un aeropuerto de Estados Unidos o un destino final en Estados Unidos
  • Someterse y aprobar las verificaciones e investigaciones requeridas
  • Cumplir con todos los demás requisitos, incluidos los requisitos de vacunación y otros requisitos de salud pública

Lo que no debes hacer

Este punto es muy importante si de Requisitos para el Parole humanitario para cubanos hablamos. En este caso debes tener claro los NO de este programa. Y es que no será elegible quien:

  • Tenga doble nacionalidad.
  • Sea residente permanente, o tenga estatus de refugiado en otro país, a menos que DHS opere un proceso de permiso de permanencia temporal similar para los nacionales de ese país. Recuerda que este requisito no aplica a los familiares inmediatos.
  • No apruebe la investigación de antecedentes de seguridad nacional y seguridad pública
  • Ha recibido una orden de remoción de Estados Unidos en los cinco años previos o está sujeto a un veto de inadmisibilidad basado en una orden de expulsión anterior.
  • Cruzó irregularmente a Estados Unidos, después de la fecha en que se anunció el proceso (para venezolanos, después del 19 de octubre de 2022; para cubanos, haitianos y nicaragüenses, después del 9 de enero de 2023). Aquí se exceptúan las personas a las que se les permitió una única instancia de salida voluntaria de conformidad o retiro de su solicitud de admisión.
  • Cruzó ilegalmente la frontera mexicana o panameña luego de la fecha de anuncio del proceso.
  • El último de los Requisitos para el Parole humanitario para cubanos que no debes violar es, como te dijimos arriba, ser menor de 18 años y no viajar acompañado por un padre o tutor legal.

Si tienes alguna otra duda con los Requisitos para el Parole humanitario para cubanos puedes dejarla en los comentarios, que te responderemos lo antes posible.

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